Esta herramienta funciona completamente en su propio dispositivo. Nada de lo que toca se guarda, se almacena ni se envía a ningún lugar. Le da información general para ayudarle a encontrar el punto de partida correcto, no asesoría legal.
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Esta herramienta da información general sobre las órdenes de restricción de California, no asesoría legal, y usarla no crea una relación abogado-cliente. Cuál orden le corresponde puede depender de detalles que aquí no se cubren. Para recibir ayuda, comuníquese con el centro de autoayuda de su tribunal, que atiende en español y no cobra nada, o con un abogado de California.
Por qué la herramienta pregunta primero por la relación
Casi todo se reduce a un solo hecho: quién es la otra persona para usted. No lo que hizo.
California clasifica sus órdenes de restricción por relación. La misma amenaza de un exnovio y de un vecino toma dos caminos distintos, en dos formularios distintos. Una vez que eso queda claro, las cuatro órdenes dejan de parecer intercambiables.
Las cuatro órdenes, en términos simples
Orden de restricción por violencia doméstica (DVRO). Para alguien cercano a usted. Un cónyuge o excónyuge, alguien con quien sale o salió, alguien con quien vivió como pareja, el padre o la madre de su hijo, o un pariente cercano.
Esta es la más fuerte de las cuatro, y su definición de maltrato va mucho más allá de los golpes. Las amenazas, el acecho, el contacto constante no deseado y la conducta que destruye su tranquilidad pueden contar. La guía sobre cómo pedir una orden de restricción explica el proceso completo, desde el formulario DV-100 hasta la audiencia.
Orden de restricción por acoso civil. Para todos los que no son cercanos a usted de esa manera. Un vecino, un compañero de trabajo, un conocido, un desconocido. Empieza con el formulario CH-100.
El nombre suena contradictorio. No lo es. “Civil” solo significa que el caso se trata de protegerle a usted, no de acusar a nadie de un delito.
Orden de restricción por maltrato de personas mayores o adultos dependientes. Para una persona de 65 años o más, o un adulto dependiente (un adulto que no puede cuidarse por completo), que está siendo maltratado. Formulario EA-100.
Orden de restricción por violencia en el lugar de trabajo. La distinta de las cuatro. El empleador presenta esta, no el trabajador. El formulario es WV-100.
Si la amenaza está en su trabajo, puede pedirle a su empleador que la presente. O puede presentar su propia orden, por acoso civil o por violencia doméstica, según quién sea la persona.
Si dos podrían aplicar, pida la de violencia doméstica
Algunas situaciones caben en más de una casilla. Un ex que además trabaja con usted. Una persona con la que salió y que ahora es solo un conocido hostil.
Mi opinión, sin rodeos: cuando la orden por violencia doméstica está disponible para usted, tómela. Cubre la gama más amplia de conductas y no cuesta nada presentarla. Escoger otra orden porque su formulario parece más corto es cambiar protección por unos minutos ahorrados.
También tiene dientes de verdad. Una vez que se le entrega una DVRO a la otra persona, tiene 24 horas para entregar todas sus armas de fuego a la policía o venderlas a un vendedor con licencia.
Lo que pasa después de presentar los papeles
El proceso tiene la misma forma de dos etapas para las cuatro órdenes.
Primero, un juez lee sus papeles y decide si le da una orden temporal. Esa decisión llega el mismo día en que usted presenta. En esta etapa usted no testifica.
Su declaración escrita bajo juramento es lo que el juez lee, así que cómo la escriba importa.
Después el tribunal fija una audiencia para unas 3 semanas más adelante. En esa audiencia el juez escucha a las dos partes y decide si la orden debe durar.
La guía paso a paso recorre todo el camino, del formulario a la audiencia.
¿Cuánto cuesta?
Normalmente nada. No hay cuota de presentación para un caso de violencia doméstica ni de maltrato de personas mayores, nunca. Un caso de acoso civil también es gratis cuando se basa en violencia o en amenazas de violencia.
Lo que esta herramienta no puede decidir
La herramienta toma sus respuestas al pie de la letra. Un juez no, y algunas situaciones son genuinamente confusas.
- Compañero de cuarto o relación de pareja. Un compañero de cuarto con quien nunca salió es un caso de acoso civil. Un compañero de cuarto con quien sí salió, aunque haya sido poco tiempo, puede calificar para la DVRO. La herramienta no puede pesar una historia complicada, pero un juez sí.
- Órdenes de protección penales. Si arrestaron a la persona, el juez penal puede emitir una orden de protección (viene del caso penal, no de algo que usted presente). Esta herramienta no cubre esa. Tenerla no resuelve si usted además debe presentar su propia solicitud.
- Cualquier caso donde los hechos apuntan en dos direcciones. La herramienta escoge la orden más probable. No puede ver sus pruebas ni su historia.
Cuando caiga en uno de esos vacíos, vaya al centro de autoayuda de su tribunal. El personal de ahí no puede darle asesoría legal. Ayudar a la gente a encontrar el formulario correcto es una gran parte de lo que hacen, y es gratis.
Si a usted le entregaron los papeles
Algunas personas llegan a esta página con los papeles en la mano, no buscando presentarlos. Si ese es su caso, la herramienta de arriba apunta en la dirección equivocada.
La orden temporal en esos papeles ya está en efecto, antes de cualquier audiencia, y violarla es un delito.
La fecha de audiencia impresa en ellos es su oportunidad de contar su versión. No falte, y no contacte a la persona que presentó la solicitud, ni siquiera para preguntarle por qué. Esa llamada es en sí misma una violación.
La guía sobre qué hacer si le entregaron una orden de restricción (en inglés) está por ahora solo en inglés.